Resumen del criterio jurisprudencial
El Monasterio de Carmelitas Descalzas del Amor Misericordioso y de la Virgen del Carmen interpuso una reclamación judicial en contra de la Resolución Exenta N° 1002/2016 del Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental, que rechazó el recurso de reposición contra la Resolución Exenta N° 1519/2015, la cual no admitió a trámite la solicitud de invalidación de la RCA N° que calificó ambientalmente favorable el proyecto Central Hidroeléctrica El Canelo. La reclamante alegó ilegalidades en la calificación ambiental. El Segundo Tribunal Ambiental rechazó la reclamación por considerar que la acción no era procedente, ya que la reclamante no había ejercido oportunamente las acciones legales disponibles y la solicitud de invalidación no era la vía adecuada para impugnar la RCA. El tribunal concluyó que la reclamación debía ser desestimada, sin condena en costas por motivo plausible.