Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo deducido por una persona extranjera en contra del Servicio Nacional de Migraciones, que había denegado su solicitud de copia íntegra de su expediente migratorio. La controversia se centró en si la información, vinculada a un procedimiento de regularización migratoria iniciado a favor de la requirente, podía ser negada invocando la causal de privilegio deliberativo. El Consejo resolvió que no concurrían causales de secreto o reserva que justificaran la denegación y ordenó la entrega de la información. Asimismo, instruyó que se proporcione de manera presencial, aunque recomendó un medio alternativo, como el correo electrónico, previa acreditación de identidad o mandato. Se advirtió al organismo sobre las sanciones del artículo 46 de la Ley de Transparencia por incumplimiento y se le exigió acreditar la entrega efectiva.