Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado por una trabajadora en contra de la Municipalidad de Coihueco, que no había entregado su carpeta laboral correspondiente a su desempeño en el área de Educación, comprendido entre 1992 y 2024, ni el certificado laboral respectivo. La municipalidad no se pronunció, en la etapa procesal correspondiente, sobre la inexistencia de antecedentes adicionales distintos a los ya entregados. El Consejo ordenó la entrega de la información, considerando que se trata de datos laborales de la propia requirente, por lo que el caso corresponde al ejercicio del derecho de habeas data, es decir, al acceso a datos personales que se encuentran en poder de un tercero. La decisión advierte que la no entrega oportuna de la información, una vez firme la resolución, puede ser sancionada conforme al artículo 46 de la Ley de Transparencia.