Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre una consulta relativa al otorgamiento de una patente de alcoholes. El organismo recordó su jurisprudencia, según la cual estos actos son reglados: el municipio debe verificar requisitos objetivos, como la ausencia de inhabilidades, la distancia mínima respecto de ciertos establecimientos, los topes legales, el uso del suelo y los aspectos sanitarios, y también una apreciación municipal sobre la compatibilidad de la actividad con las funciones comunales. La consulta a las juntas de vecinos, prevista en el artículo 65, letra ñ), de la Ley N° 18.695, no es vinculante, y es el alcalde y luego el concejo quienes deben ponderar la seguridad pública y las molestias vecinales. En consecuencia, corresponde al alcalde y al concejo municipal aprobar el otorgamiento, y el organismo contralor se abstuvo de emitir el pronunciamiento solicitado, sin perjuicio de sus facultades fiscalizadoras. El dictamen fue transcrito a la Municipalidad de Colina.