La Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de protección interpuesto por una…
Sentencia · Corte de Apelaciones · 2025
Resumen
La Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de protección interpuesto por una trabajadora peruana contra la AFP Planvital por el rechazo arbitrario e ilegal de su solicitud de devolución de fondos previsionales. La demandante, contratada por One Way Ltda. el 7 de abril de 2025, se acogió expresamente a la Ley N°18.156 como técnico profesional extranjero. Tras terminar su relación laboral el 30 de mayo de 2025, solicitó la devolución de sus fondos acompañando certificados de afiliación a AFP PRIMA en Perú y a un plan de salud privado. La AFP rechazó la solicitud argumentando que el certificado de salud no constituía una EPS válida. La Corte estimó que los documentos presentados cumplían plenamente con los requisitos legales. Se ordenó a Planvital devolver todos los fondos previsionales acumulados en un plazo de cinco días hábiles.
Normas citadas
Ley N°18.156, artículo 1°
Constitución Política de la República, artículo 19, números 2 y 24
Compendio de Normas de Protección de las Garantías Constitucionales
AFPdevolución de fondostrabajador extranjerorecurso de protecciónLey 18.156derechos constitucionalesrégimen previsional integralarbitrariedad administrativa
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