Administrativo

No procedió que el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo modificara el valor del im…

Resumen del criterio jurisprudencial

No procedió que el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo modificara el valor del impuesto específico del artículo 43 ter de la Ley General de Pesca y Acuicultura, en el sentido que se indica.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.