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La Contraloría General de la República se pronunció sobre la interpretación de la Subse…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2016

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre la interpretación de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura respecto del artículo 43 bis de la Ley General de Pesca y Acuicultura, relativo al pago de la patente por naves inscritas al amparo de licencias transables de pesca (LTP). El dictamen concluyó que dicha interpretación se ajustó a derecho, estableciendo que el titular de la LTP debe pagar la patente por todas las naves inscritas, incluso aquellas de terceros con contratos no traslaticios de dominio, sin que exista doble cobro cuando una nave opera bajo múltiples licencias, pues se trata de títulos administrativos distintos. Además, señaló que el efecto multiplicador del cobro corresponde a las condiciones contractuales definidas por el titular de la licencia, y que las resoluciones exentas citadas no alteran el criterio. Se ordenó transcribir el dictamen a los organismos pertinentes.

Normas citadas

  • ley 18892 art/43 bis
  • ley 18892 art/29 inc/1
  • ley 18892 art/28B
  • ley 18892 art/17
  • ley 18892 art/16
  • ley 18892 art/30
ContraloríaCGRdictamengenera jurisprudencia

Preguntas frecuentes

¿El titular de una licencia transable de pesca debe pagar la patente por naves de terceros inscritas bajo esa licencia?

En este caso, la Contraloría General de la República concluyó que la interpretación de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura se ajustó a derecho: el titular de la LTP debe pagar la patente por todas las naves inscritas, incluidas las de terceros con contratos no traslaticios de dominio.

¿Se produce doble cobro de patente cuando una misma nave opera bajo varias licencias transables de pesca?

En este caso, el dictamen sostuvo que no existe doble cobro, porque cada licencia constituye un título administrativo distinto. Por ello, el cobro por una nave que opera con múltiples licencias es procedente.

¿Quién define el efecto multiplicador del cobro de patente en las licencias transables de pesca?

En este caso, la Contraloría señaló que el efecto multiplicador corresponde a las condiciones contractuales definidas por el titular de la licencia. Las resoluciones exentas citadas no alteran este criterio.

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