Resumen
La Contraloría General de la República se abstuvo de pronunciarse anticipadamente sobre una consulta relativa a eventuales modificaciones al Reglamento de licitación de la cuota de reserva para consumo humano de las empresas de menor tamaño y de aquella destinada a carnada, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo. El órgano recordó que, conforme a los artículos 32 N° 6 y 99 de la Constitución, la potestad reglamentaria corresponde al Presidente de la República y que la Contraloría ejerce el control de legalidad mediante la toma de razón de los reglamentos una vez dictados. Por ello, concluyó que la legalidad de una modificación que aún no ha sido adoptada por la autoridad competente deberá revisarse en su oportunidad, cuando el decreto supremo respectivo sea sometido a toma de razón.