El Consejo para la Transparencia conoció un reclamo por infracción a las normas de tran…
Resolución · Consejo para la Transparencia · 2018
Resumen
El Consejo para la Transparencia conoció un reclamo por infracción a las normas de transparencia activa presentado contra la Municipalidad de San Bernardo. Durante el análisis de admisibilidad se advirtió que el reclamo no era claro respecto de los fundamentos de su interposición, por lo que el Consejo ejerció la facultad del artículo 46 del Reglamento de la Ley de Transparencia y solicitó aclarar o subsanar la presentación en cinco días hábiles, advirtiendo que de no hacerlo se declararía inadmisible. La parte reclamante no efectuó presentación alguna dentro de plazo. En consecuencia, el Consejo declaró inadmisible el reclamo conforme al artículo 24 de la Ley de Transparencia y al artículo 46 de su Reglamento, acordado por unanimidad de los miembros presentes, y ordenó notificar la decisión a la reclamante y a la alcaldesa municipal. Se dejó constancia de que contra esta decisión no procede el recurso de reposición del artículo 59 de la Ley N°19.880.
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