Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la procedencia del pago de la asignación de responsabilidad directiva a una docente que ejercía, en los hechos, labores de inspectora general en un liceo municipal. El dictamen recuerda que el plazo de prescripción de los derechos del Estatuto Docente es de dos años, interrumpible por reclamo formal, y que la ley distingue entre funciones docentes, docentes directivas y técnico-pedagógicas, siendo el inspector general parte de la función directiva. Concluye que las funciones asignadas por la municipalidad resultaban improcedentes, pues la docente tenía nombramiento solo como docente titular y nunca fue designada en función directiva, y que el cargo de inspector general es de exclusiva confianza del director y debe proveerse conforme al artículo 34 C de la Ley 19.070. En consecuencia, ordena a la Municipalidad de Peñaflor regularizar la situación laboral de la docente y proveer el cargo conforme a la ley, informando a la Contraloría en 20 días hábiles.