Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre una consulta del Director Regional Metropolitano (T y P) del Instituto de Desarrollo Agropecuario, que preguntaba si procedía exigir a una exfuncionaria el reintegro de las remuneraciones correspondientes a un permiso administrativo compensado que no alcanzó a recuperar con trabajo antes de su desvinculación. El organismo recordó que el artículo 109 de la ley N° 18.834 permite días de descanso con goce de remuneraciones a recuperar con jornadas posteriores o anteriores, y que el artículo 72 de la misma ley excluye el pago de rentas por tiempo no trabajado, salvo causales como la fuerza mayor. Constató que, desde la fecha en que debía iniciarse la compensación hasta el término de su contrata, la exfuncionaria había estado con licencia médica, lo que configuró una causal de fuerza mayor. Por ello, concluyó que no procede el reintegro de las remuneraciones. Además, advirtió que las consultas de organismos públicos deben formularse por el jefe superior del servicio o funcionario habilitado, acompañadas de un informe jurídico fundado, requisitos que no se cumplieron en este caso.