Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Suprema conoce de una apelación contra una resolución de la Corte de Apelaciones de Punta Arenas que declaró inadmisible un recurso de amparo interpuesto por doña Esther. Considerando los amplios términos del artículo 21 de la Constitución Política de la República y los presupuestos fácticos del caso, la Corte Suprema revoca la resolución apelada y declara admisible el recurso de amparo. En consecuencia, ordena a la Corte de Apelaciones de Punta Arenas tramitar el amparo conforme a derecho. La decisión se funda en que la acción de amparo está concebida en términos amplios en la Constitución, lo que permite su admisibilidad en este caso. No se mencionan otros antecedentes fácticos ni partes adicionales.