Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Suprema, con fecha dieciséis de septiembre de dos mil veintiséis, revisó el recurso de amparo interpuesto por Ana María Giudice contra el Servicio Nacional de Migraciones y otro. La Corte constató que los antecedentes del recurso podrían encajar dentro de los supuestos previstos en el artículo 21 de la Constitución Política. En consecuencia, revocó la resolución de la Corte de Apelaciones de Santiago que había declarado inadmisible la acción de amparo. La Corte declaró admisible la acción de amparo y ordenó a la Corte de Apelaciones que continúe su tramitación para pronunciarse sobre el fondo del caso. Se dispuso el registro y devolución del expediente.