Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre un requerimiento de un interesado que cuestionaba el cálculo de su pensión no contributiva, otorgada por resolución del ex Ministerio del Interior y reliquidada posteriormente. El órgano recordó que ya había analizado el caso en varios dictámenes previos de 2010, 2013, 2014, 2015 y 2016. Constató que la pensión se determinó conforme al artículo 27 bis del decreto N° 39, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, al no existir antecedentes que acreditaran un mayor ingreso en la época del cese, y que el artículo 28, letra f), no era aplicable. Además, indicó que el plazo de tres años para revisar de oficio o a petición de parte, previsto en el artículo 4° de la ley N° 19.260, ya se encontraba vencido. Al no acompañarse nuevos antecedentes, resolvió ratificar dichos dictámenes.