Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la pensión no contributiva, por gracia, de un exonerado político de la Corporación Nacional del Cobre, cuyo monto se discutía por el grado de asimilación en la Escala Única de Sueldos. El Instituto de Previsión Social sostenía que el beneficio estaba correctamente determinado. El organismo constató que, al contar el recurrente con el finiquito de la época de su cese, correspondía aplicar el artículo 27 del decreto N° 39, de 1999, que fija el grado "A" como asimilación, elevando el beneficio. Asimismo, rechazó incluir el 25% de participación en las utilidades previsto en el artículo 51 del decreto N° 307, de 1970, por no existir antecedentes que acreditaran el sueldo base. En consecuencia, ordenó al Instituto reliquidar la pensión conforme a lo expuesto.