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El Consejo para la Transparencia acogió un amparo deducido contra el Servicio Nacional…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2022

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió un amparo deducido contra el Servicio Nacional de Pesca Región de Los Lagos, que se negó a entregar información sobre las cosechas o producciones declaradas por determinados centros de engorda de mitílidos en un periodo indicado. El Consejo estimó que se trata de información pública que obra en poder del servicio, desestimó la afectación al secreto empresarial y a los derechos comerciales y económicos alegados por las empresas que se opusieron, y consideró el evidente interés público asociado a estos antecedentes por su vinculación con información ambiental. Se ordenó la entrega de la información en la forma decretada, bajo apercibimiento de sanciones conforme al artículo 46 de la Ley de Transparencia, y se previno que el cumplimiento debía acreditarse ante el Consejo. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva dentro de 15 días corridos desde la notificación.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Decreto Supremo N° 129
  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 19.300
  • Ley N° 18.575
  • Ley N° 18.892
  • Ley N° 20.417
  • Artículo 59 de la ley N° 19.880
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Se puede pedir al Servicio Nacional de Pesca la producción declarada por centros de engorda de mitílidos en un periodo determinado?

En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió un amparo y estimó que esa información es pública y obra en poder del servicio, por lo que ordenó su entrega. Desestimó la objeción de las empresas basada en secreto empresarial y derechos comerciales.

¿Puede una empresa oponerse a la entrega de información sobre su producción alegando secreto empresarial?

En este caso, el Consejo rechazó la afectación al secreto empresarial y a los derechos comerciales y económicos alegados por las empresas que se opusieron. Consideró que existía un evidente interés público en estos antecedentes por su vinculación con información ambiental.

¿Cuál es el plazo para reclamar una decisión del Consejo para la Transparencia que ordena entregar información pública?

En este caso, el Consejo indicó que contra su decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva. El plazo es de 15 días corridos desde la notificación.

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