Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado en contra de la Municipalidad de Queilén, relativo al acceso a información sobre viáticos con el detalle solicitado. El órgano municipal había alegado la causal de reserva por distracción indebida, pero el Consejo concluyó que se trataba de información de naturaleza pública y que dicha causal no quedó acreditada. En consecuencia, ordenó la entrega de la información en la forma decretada, dentro del plazo fijado desde que la decisión quede ejecutoriada, y exigió acreditar su cumplimiento. Se advirtió la aplicación de las sanciones previstas en el artículo 46 de la Ley de Transparencia en caso de incumplimiento, y se indicó que procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva.