Resumen
El Consejo para la Transparencia conoció un amparo de acceso a la información pública interpuesto por un particular en contra de la Municipalidad de La Serena, relativo al estatus de una calle consultada. El órgano reclamado sostuvo que el camino no figura como tal en el Plan Regulador Comunal vigente desde 2020, aunque los lotes consultados se ubican en zona urbana, y que correspondía entregar el C.I.P.. El Consejo rechazó el amparo, por cuanto la municipalidad explicó de manera suficiente que la información solicitada no obra en su poder, y recordó que no procede exigir la entrega de información inexistente o que no esté en poder del órgano. La decisión fue adoptada por unanimidad, y contra ella procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva dentro de 15 días corridos desde la notificación.