Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la forma de cotejar los emolumentos de funcionarios de la planta de jefaturas de la Municipalidad de Tomé, para efectos del artículo 9° ter de la ley N° 19.803 sobre la asignación de mejoramiento de gestión municipal. Por no existir equivalencia exacta entre los grados municipales y la Escala Única de Sueldos, el organismo recordó su jurisprudencia previa, según la cual los cargos de jefatura deben compararse con el estamento de directivos con asignación profesional de la E.U.S. Como los recurrentes se ubican en el grado 10 de la planta municipal, el cotejo debe hacerse con el grado 10 E.U.S. de ese estamento. En consecuencia, dictaminó que la municipalidad debe regularizar la situación de los recurrentes, determinando el monto de la asignación correspondiente al año 2015, e informar a la Contraloría Regional del Bío-Bío en un plazo de veinte días hábiles.