Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la reconsideración de un dictamen anterior relativo a una destitución aplicada por la Comisión Nacional de Riego a una exfuncionaria. El organismo concluyó que el cargo no se encontraba acreditado de manera fehaciente: el antecedente telefónico no permitía establecer que quien respondió fuera la inculpada, y los testimonios se basaban en hechos conocidos solo de oídas o en relatos de la propia funcionaria, quien negó los hechos. Por ello, ordenó dejar sin efecto la resolución N° 30, de 2016, que aplicó la destitución, y decretó la reapertura del sumario para completar la investigación e incorporar las pruebas aportadas por la exfuncionaria. Asimismo, precisó que la toma de razón previa solo otorga una presunción de juridicidad, por lo que no impide invalidar un acto que no se ajustó a derecho.