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El Consejo para la Transparencia acogió los amparos presentados contra la Corporación d…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2021

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió los amparos presentados contra la Corporación de Fomento de la Producción (CORFO) y ordenó la entrega de la documentación que la empresa A.U.I.. envió en las etapas de solicitud de información (RFI) y de solicitud de propuestas (RFP) del proceso de selección de la entidad receptora del Aporte I+D para el proyecto del Instituto Chileno de Tecnologías Limpias. El órgano y el tercero interesado no fundamentaron una expectativa razonable de daño que justificara la reserva, por lo que se desestimó la causal de afectación de derechos de terceros. Se instruyó a CORFO a tarjar, antes de la entrega, los datos personales y sensibles de contexto, conforme al principio de divisibilidad de la Ley de Transparencia, y a acreditar el cumplimiento dentro de cinco días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada.

Normas citadas

  • Ley de Transparencia
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Procede entregar la documentación presentada por un privado en un proceso de selección de CORFO si alega afectación de sus derechos?

En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió los amparos y ordenó entregar la documentación enviada por la empresa en las etapas RFI y RFP, porque ni el órgano ni el tercero fundamentaron una expectativa razonable de daño que justificara la reserva. Antes de la entrega, CORFO debe tarjar los datos personales y sensibles, conforme al principio de divisibilidad.

¿Qué implica el principio de divisibilidad al entregar información con datos personales en un proceso de transparencia?

En este caso, el Consejo instruyó a CORFO a tarjar los datos personales y sensibles de contexto antes de entregar los documentos, de modo que el resto de la información sí se entregue. Además, CORFO debe acreditar el cumplimiento dentro de cinco días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada.

¿Puede un órgano público negarse a entregar información de un proceso de selección alegando afectación de derechos de terceros?

En este caso, el Consejo desestimó la causal de afectación de derechos de terceros, pues el órgano y el tercero interesado no fundamentaron una expectativa razonable de daño que justificara la reserva. Por ello, acogió los amparos y ordenó la entrega de la información.

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