Resumen
El Segundo Tribunal Ambiental rechazó la reclamación interpuesta por la Municipalidad de Parral en contra de la Resolución Exenta N° de la Superintendencia del Medio Ambiente, que a su vez rechazó la solicitud de invalidación de la Resolución Exenta N°. Esta última resolución había acreditado el inicio de ejecución del proyecto 'M.B.L.G.', calificado ambientalmente favorable mediante RCA N°. La reclamante alegó diversas ilegalidades, incluyendo la improcedencia de la reclamación, vulneración del principio de congruencia, falta de audiencia previa, ilegalidad en la ampliación del plazo para presentar antecedentes, e insuficiencia de los antecedentes presentados por el titular. El tribunal analizó cada uno de estos puntos y concluyó que la SMA actuó dentro de sus facultades, que los antecedentes presentados por el titular demostraban gestiones sistemáticas e ininterrumpidas antes del vencimiento del plazo de caducidad de la RCA, y que no se vulneraron los derechos de la reclamante. En consecuencia, se rechazó la reclamación en todas sus partes.