Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre el reclamo de un exfuncionario a contrata cuyo vínculo cesó al cumplirse el plazo de su designación, sin que conste prórroga. El órgano concluyó que, conforme al artículo 153 de la ley N° 18.834, el vencimiento del plazo de la contrata produce el cese inmediato, sin que la autoridad deba comunicar su decisión de no extenderla, expresar sus razones ni practicar notificación alguna. Además, precisó que el hecho de que el Estado haya financiado estudios del requirente no altera la facultad del jefe del servicio para decidir la prórroga. Respecto de la circular N° 31, de 2013, del Ministerio de Hacienda, indicó que sus directrices no son vinculantes para el jefe superior del servicio. Por último, estimó que las limitaciones de los artículos 156 y 157 de la ley N° 10.336 sólo aplican a medidas disciplinarias expulsivas, lo que no ocurrió en el caso, por lo que el reclamo fue desestimado.