Resumen del criterio jurisprudencial
Se acoge el amparo interpuesto en contra del Gobierno Regional de Coquimbo, ordenándose la entrega de copia de toda la documentación asociada a las solicitudes de modificación de los proyectos de los fondos concursables correspondientes a los años 2024 y 2025 -hasta la fecha de ingreso de la solicitud de acceso a la información-, con el detalle que indica. Lo anterior, por cuanto, conforme al artículo 8°, inciso segundo de la Constitución Política de la República y a los artículos 5°, inciso segundo y 10 de la Ley de Transparencia, se trata de información pública, respecto de la cual no se logró acreditar la configuración de las causales de reserva del artículo 21 N° 1, letras b) y c) de la Ley de Transparencia. Se otorga a la recurrida un plazo prudencial para dar cumplimiento a lo resuelto en la presente decisión.