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La Contraloría General de la República rechazó la reclamación de un ex funcionario de C…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2018

Resumen

La Contraloría General de la República rechazó la reclamación de un ex funcionario de Carabineros de Chile que impugnaba la medida de baja por conducta mala, con efectos inmediatos, que se le aplicó. El organismo sostuvo que los procedimientos disciplinarios de la institución respetan el debido proceso, pues se rigen por reglas preestablecidas que permiten una defensa adecuada, y que la autoridad con potestad disciplinaria actuó dentro de su facultad legal. Respecto del derecho de propiedad, indicó que el nombramiento no otorga un derecho patrimonial sobre el empleo, por lo que la baja produjo efectos desde el día siguiente a su notificación, sin derecho a remuneraciones desde entonces. Además, precisó que sentencias judiciales favorables a otras personas sólo obligan en las causas en que se dictaron, conforme al artículo 3° del Código Civil. Por ello, no advirtió infracción al debido proceso ni decisión arbitraria, y devolvió el expediente disciplinario a Carabineros de Chile.

Normas citadas

  • ley 19880 art/53 inc/1
  • ley 19880 art/48
  • dto 5193/59 Inter art/127 num/ inc/5
  • dto 900/67 Inter art/31
  • dto 118/82 Defen art/40
  • dto 118/82 Defen art/43
  • Pol art/19 num/24
  • Cci art/3 inc/2
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿La baja por conducta mala de un funcionario de Carabineros vulnera el debido proceso si se aplica con efectos inmediatos?

En este caso, la Contraloría General de la República sostuvo que los procedimientos disciplinarios de Carabineros respetan el debido proceso, porque se rigen por reglas preestablecidas que permiten una defensa adecuada. Por ello no advirtió infracción y rechazó la reclamación.

¿El nombramiento de un funcionario de Carabineros le otorga un derecho de propiedad sobre el empleo que impida su baja?

En este caso, el organismo indicó que el nombramiento no otorga un derecho patrimonial sobre el empleo. Por eso la baja produjo efectos desde el día siguiente a su notificación, sin derecho a remuneraciones desde entonces.

¿Una sentencia judicial favorable a otro funcionario beneficia también a quien fue dado de baja en un procedimiento disciplinario?

En este caso, la Contraloría precisó que las sentencias judiciales favorables a otras personas sólo obligan en las causas en que se dictaron, conforme al artículo 3° del Código Civil. Por lo tanto, no extendió sus efectos al reclamante.

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