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El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado en contra de la Subsecreta…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2021

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado en contra de la Subsecretaría de Salud Pública, que no entregó la información solicitada sobre proveedores, cantidades y costos de kits para test PCR. El órgano se limitó a remitir al solicitante al vínculo del Sistema de Compras Públicas en su portal de transparencia, sin acreditar la entrega efectiva ni alegar causales de secreto, por lo que no se configuró la hipótesis del artículo 15 de la Ley de Transparencia. Además, la respuesta no se dio dentro del plazo legal. En consecuencia, se ordenó entregar la información en un plazo de cinco días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada, acreditando su cumplimiento ante el Consejo. También se representó a la Subsecretaria la infracción a los artículos 11 letra h) y 14 de la Ley de Transparencia, para que se adopten medidas que eviten su reiteración.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 18.575
  • Ley N° 19.628
  • Artículo 59 de la ley N° 19.880
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Basta con remitir al solicitante a un vínculo de un portal de transparencia para responder una solicitud de información pública?

En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió el amparo porque la Subsecretaría de Salud Pública solo remitió al solicitante a un vínculo del Sistema de Compras Públicas, sin acreditar la entrega efectiva de la información ni alegar causales de secreto. Por eso, no se configuró la hipótesis de reserva del artículo 15 de la Ley de Transparencia.

¿Qué pasa si un organismo público no responde una solicitud de información dentro del plazo legal?

En este caso, el Consejo para la Transparencia constató que la respuesta no se dio dentro del plazo legal y, junto con acoger el amparo, ordenó entregar la información en cinco días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada. Además, representó a la Subsecretaria la infracción a los artículos 11 letra h) y 14 de la Ley de Transparencia.

¿Qué puede hacer el Consejo para la Transparencia cuando un organismo infringe la Ley de Transparencia?

En este caso, el Consejo acogió el amparo, ordenó la entrega de la información con acreditación de cumplimiento y representó a la autoridad la infracción a los artículos 11 letra h) y 14 de la Ley de Transparencia. Con ello buscó que se adopten medidas para evitar que la falta se repita.

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