Resumen del criterio jurisprudencial
La reclamante, Aguas Andinas S.A., no dio cumplimiento a la orden del tribunal de presentar documentos fundantes de su reclamo contra el avalúo fiscal, como el Detalle Catastral, Certificado de Avalúo Fiscal, planos y certificados municipales. Los documentos presentados no fueron considerados suficientes, y además no acompañó la comunicación del proceso de reavalúo ni la notificación legal del nuevo avalúo, esenciales para verificar el plazo de interposición. En consecuencia, el tribunal hizo efectivo el apercibimiento y tuvo por no presentado el reclamo, conforme al artículo 125 inciso 2 del Código Tributario.