Seguridad social

Seguridad social: CCAF, Crédito Social, Prestaciones adicionales

Resumen del criterio jurisprudencial

CCAF. Crédito Social. Las prestaciones adicionales consisten en prestaciones en dinero, en especie y en servicio. Las prestaciones en dinero corresponden a daciones periódicas y no sujetas a restitución.

CCAFCrédito SocialPrestaciones adicionales

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.