Resumen del criterio jurisprudencial
CCAF. Crédito Social. Las prestaciones adicionales consisten en prestaciones en dinero, en especie y en servicio. Las prestaciones en dinero corresponden a daciones periódicas y no sujetas a restitución.
CCAF. Crédito Social. Las prestaciones adicionales consisten en prestaciones en dinero, en especie y en servicio. Las prestaciones en dinero corresponden a daciones periódicas y no sujetas a restitución.
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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.