Seguridad social

Seguridad social: CCAF, Prestaciones adicionales

Resumen del criterio jurisprudencial

CCAF. Las prestaciones adicionales que otorgan las CCAF, siempre deben considerar su objeto y lo que indique su Reglamento de Prestaciones Adicionales. En lo que dice relación con el desarrollo de la actividad de transferencia nacional e internacional de fondos, en el contexto planteado por la entidad, ella persigue el bienestar social de las personas migrantes afiliadas a C.C.A.F., toda vez que estaría destinada a proporcionar al trabajador afiliado cobertura frente a estados de necesidad relacionados con asistencia social, salud, educación, entre otros, considerando especialmente el destino de los fondos, los que, en términos generales, se relacionan con necesidades básicas del trabajador y de su familia en el país de origen.

CCAFPrestaciones adicionales

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.