Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Suprema, con sede en Santiago, conoció el recurso de amparo interpuesto por Ricardo Ortega Montilla contra el Servicio al Nacional de Migraciones. Tras analizar los antecedentes, el tribunal determinó que la situación descrita podría encajar dentro de los supuestos previstos en el artículo 21 de la Constitución Política de la República. En consecuencia, revocó la resolución de la Corte de Apelaciones de Rancagua del 3 de septiembre de 2026, la cual había declarado inadmisible la acción de amparo. La Corte Suprema declaró admisible el amparo y ordenó a una sala no inhabilitada de la Corte de Apelaciones que continúe con la tramitación correspondiente. Finalmente, se dispuso el registro y devolución del expediente.