Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Suprema conoció de la apelación contra la resolución de la Corte de Apelaciones de Santiago que declaró inadmisible una acción de amparo deducida por Ronald Rafael Jimenez Ramos y otro en contra del Servicio Nacional de Migraciones. El recurso invocaba el artículo 21 de la Constitución Política de la República. La Corte Suprema estimó que los antecedentes descritos en el recurso sí pueden constituir uno de los supuestos previstos en dicha norma. Por ello, revocó la resolución apelada de 4 de septiembre de 2026, dictada en el Ingreso Corte N° Amparo-4287-2026. En su lugar, dispuso que la acción de amparo es admisible. Ordenó que una sala no inhabilitada de la Corte de Apelaciones de Santiago dé tramitación al amparo y se pronuncie sobre el fondo. La decisión se adoptó bajo el.