Resumen
La Contraloría General de la República se abstuvo de pronunciarse sobre una consulta formulada por el Subdirector Jurídico del Servicio de Registro Civil e Identificación, quien preguntaba si procedía pagar las sumas pactadas en contratos a honorarios cuando no era posible establecer que los servicios acordados se hubieran prestado efectivamente. El organismo fiscalizador concluyó que determinar si los servidores cumplieron cabalmente las tareas convenidas es un asunto de carácter litigioso, materia en la que tiene impedimento para intervenir, conforme al artículo 6°, inciso tercero, de la ley N° 10.336, reiterando un criterio sostenido en el dictamen N° 8.596, de 2010.