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El Consejo para la Transparencia acogió un amparo interpuesto por un particular en cont…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2024

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió un amparo interpuesto por un particular en contra de la Policía de Investigaciones de Chile, relativo a información sobre vehículos particulares siniestrados y rematados por pérdida total. El Consejo fundó su decisión en que se trata de información de naturaleza pública que puede ser solicitada mediante el procedimiento de la Ley de Transparencia. Se ordenó a la institución entregar la información en la forma decretada y acreditar su entrega dentro de plazo, bajo apercibimiento de las sanciones del artículo 46 de la ley, que contemplan multa y, en caso de persistencia, duplicación de la sanción y suspensión en el cargo de la jefatura. La resolución indica que contra ella procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, en el plazo de 15 días corridos desde la notificación.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 18.575
  • Ley N° 19.628
  • Circular N° 2
  • Oficio N° 800
  • Artículo 10 de la Ley N° 20.285
  • Artículo 59 de la ley N° 19.880
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Procede solicitar a la PDI información sobre vehículos siniestrados y rematados por pérdida total mediante la Ley de Transparencia?

En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió un amparo y sostuvo que esa información es de naturaleza pública y puede pedirse mediante el procedimiento de la Ley de Transparencia. Ordenó a la Policía de Investigaciones entregarla.

¿Qué sanciones enfrenta un organismo que no entrega la información ordenada por el Consejo para la Transparencia?

En este caso, el Consejo advirtió a la institución que, si no entregaba la información y acreditaba su entrega dentro de plazo, se aplicarían las sanciones del artículo 46 de la Ley de Transparencia. Estas contemplan multa y, si persiste el incumplimiento, duplicación de la sanción y suspensión en el cargo de la jefatura.

¿Cuál es el plazo para reclamar de una resolución del Consejo para la Transparencia que acoge un amparo?

En este caso, la resolución indica que procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, dentro de 15 días corridos desde la notificación.

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