Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre una solicitud de un parlamentario que pedía antecedentes sobre los viajes institucionales y gremiales de un consejero regional, así como los traslados de los consejeros de la zona metropolitana, con indicación de motivos, gastos y duración. El órgano recordó que el artículo 9° de la ley N° 18.918 obliga a los servicios de la Administración del Estado a entregar la información requerida por parlamentarios, y que el artículo 10 hace responsable de su cumplimiento al jefe superior de la entidad, con sanción de multa. Concluyó que, tratándose de los consejos regionales, los requerimientos deben dirigirse al intendente como jefe superior del servicio, por lo que no correspondía dar curso a la solicitud en la forma presentada. Además, remitió los antecedentes al intendente y órgano ejecutivo del Gobierno Regional Metropolitano de Santiago para los fines que procedan.