Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre una solicitud de información formulada por parlamentarios al amparo de la ley N° 18.918, en relación con un procedimiento disciplinario por su eventual incumplimiento. El dictamen precisó que, tratándose de ministerios, dichas peticiones deben dirigirse al subsecretario respectivo, por ser el jefe superior del servicio, y no a otras autoridades como ministros o jefes de división. En el caso analizado, los oficios fueron enviados al jefe de la División de Educación del Ministerio de Educación, quien no tiene esa calidad, por lo que no procedía instruir sanción en su contra. No obstante, se ordenó a la Subsecretaría de Educación investigar cómo se tramitó la petición y dar cuenta de ello en un plazo de 30 días, ratificándose el oficio N° 35.238, de 2015.