Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Suprema conoció del recurso de amparo interpuesto por la ciudadana haitiana Edensly Celeste contra la Resolución Exenta N° 2600100414552, que rechazó su solicitud de residencia definitiva y ordenó su abandono del país por no haber presentado un certificado de antecedentes penales apostillado. La autoridad migratoria basó su decisión exclusivamente en la falta de dicho documento, sin considerar los lazos de arraigo familiar, laboral y social que la solicitante mantiene en Chile. La Corte determinó que la medida vulnera el artículo 3, incisos 1° y 3°, y el artículo 7 de la Ley N° 21.325, así como el artículo 21 de la Constitución, al no garantizar un procedimiento racional, justo y no discriminatorio. En consecuencia, se revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones y se declaró acogida la acción de amparo, anulando la orden de abandono y prohibición de ingreso. Se ordenó a la autoridad migratoria otorgar un nuevo plazo de 180 días para que la parte amparada presente la documentación requerida y se pronuncie nuevamente sobre su solicitud.