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La Contraloría General de la República se pronunció sobre diversas consultas de municip…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2014

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre diversas consultas de municipalidades relativas a la organización de sus plantas de personal conforme al artículo 16 de la ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades. Respecto del empleo ocupado por un funcionario municipal, dispuso que debe tener dos grados menos que el del alcalde, por tratarse de un cargo que dirige una unidad mínima. En cuanto a la provisión del cargo de director de control, indicó que su designación debe ajustarse al artículo 29, inciso final, de la misma ley, por lo que las bases del concurso y el nombramiento requieren aprobación del concejo. Para las demás interrogantes sobre el carácter obligatorio o facultativo de la creación de unidades y cargos, el procedimiento de selección y la situación de plazas ya contempladas en un escalafón distinto del directivo, remitió al dictamen N° 41.047, de 2014.

Normas citadas

  • Ley 20742 art/1 num/1
  • ley 18695 art/16
  • ley 18695 art/47 ley 20742 art/1 num/2
  • ley 18695 art/17
  • ley 20033 art/7 ley 19602 art/7 inc/2
  • ley 19602 art/7 inc/3
  • ley 15231 art/5 inc/5 ley 20554 art/1
  • ley 20554 art/2 lt/a
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Preguntas frecuentes

¿Qué grado deben tener los funcionarios municipales que dirigen una unidad mínima en una municipalidad?

En este caso, la Contraloría General de la República dispuso que el empleo de un funcionario municipal que dirige una unidad mínima debe tener dos grados menos que el del alcalde, por tratarse de un cargo de esa naturaleza.

¿Qué requisitos debe cumplir la provisión del cargo de director de control en una municipalidad?

En este caso, la Contraloría General de la República indicó que la designación del director de control debe ajustarse al artículo 29, inciso final, de la Ley Orgánica de Municipalidades, por lo que las bases del concurso y el nombramiento requieren aprobación del concejo.

¿Dónde se resuelven las dudas sobre la creación obligatoria o facultativa de unidades y cargos municipales?

En este caso, la Contraloría General de la República remitió al dictamen N° 41.047, de 2014, para resolver las consultas sobre el carácter obligatorio o facultativo de la creación de unidades y cargos, el procedimiento de selección y las plazas ya contempladas en un escalafón distinto del directivo.

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