Resumen
La Contraloría General de la República desestimó una solicitud de reconsideración presentada por una exdocente municipal contra el oficio N° 71, de 2015, de la Contraloría Regional de Aysén, que había concluido que no tenía derecho a la indemnización por años de servicio del artículo 2° transitorio de la ley N° 19.070. El órgano constató que, según la Municipalidad de Puyehue, la interesada se desvinculó de esa entidad por renuncia voluntaria, causal que la norma no contempla para otorgar dicha compensación, por lo que el desempeño no podía considerarse ininterrumpido para efectos del beneficio. Además, se confirmó el criterio de que el cambio de empleador municipal sin solución de continuidad no basta si el término de la relación anterior fue por una causal excluida. En consecuencia, se mantuvo lo resuelto en el oficio impugnado.