El Consejo para la Transparencia conoció un amparo interpuesto por un particular en con…
Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023
Resumen
El Consejo para la Transparencia conoció un amparo interpuesto por un particular en contra de la Municipalidad de Huechuraba, por la negativa a entregar información relativa a un proceso concursal municipal. El órgano sostuvo que no podía responder respecto de eventualidades, ya que el concurso aún no había finalizado. El Consejo concluyó que la municipalidad entregó la información solicitada en tiempo y forma, por lo que no se configuró infracción a la Ley de Transparencia, y resolvió rechazar el amparo por unanimidad de los consejeros presentes. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, dentro de 15 días corridos desde la notificación.
Normas citadas
Ley N° 20.285
Ley N° 18.575
Ley N° 19.880
Oficio Ord. N° 1795
Oficio Ord. N° 1200
Artículo 59 de la ley N° 19.880
amparoDecisión de Fondo
Preguntas frecuentes
¿Puede una municipalidad negarse a responder sobre eventualidades de un proceso concursal que aún no ha terminado?
En este caso, el órgano sostuvo que no podía responder respecto de eventualidades, porque el concurso aún no había finalizado, criterio que el Consejo consideró al resolver el amparo.
¿Cuál es el plazo para reclamar de una decisión del Consejo para la Transparencia que rechaza un amparo?
Según esta resolución, contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, dentro de 15 días corridos desde la notificación.
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