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El Consejo para la Transparencia acogió un amparo en contra del Servicio de Vivienda y…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2021

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió un amparo en contra del Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región Metropolitana de Santiago, relativo a la solicitud de información sobre la nómina de lotes destinados a equipamiento deportivo en la comuna de Curacaví. El Consejo constató que la información obra en poder del órgano y que el Servicio no logró acreditar que su entrega pudiera afectar, de forma presente o probable y con suficiente especificidad, su privilegio deliberativo o el cumplimiento de sus funciones en materia habitacional. En consecuencia, se ordenó al Servicio entregar la nómina requerida dentro de un plazo de 10 días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada, acreditando su cumplimiento ante el Consejo, bajo apercibimiento del artículo 46 de la Ley de Transparencia. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva.

Normas citadas

  • Ley de Transparencia
amparoDecisión de FondoGestión y administración territorial (Urbanismo)

Preguntas frecuentes

¿Puede un órgano de la administración negarse a entregar información pública alegando que su divulgación afectaría sus funciones?

En este caso, el Consejo para la Transparencia resolvió que el órgano debe acreditar que la entrega afectaría de forma presente o probable y con suficiente especificidad su privilegio deliberativo o sus funciones. Como el Servicio no logró acreditarlo, ordenó entregar la información requerida.

¿Qué plazo tiene un servicio público para entregar información tras una decisión de amparo del Consejo para la Transparencia?

En este caso, el Consejo ordenó al Servicio entregar la nómina solicitada dentro de 10 días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada, debiendo acreditar su cumplimiento ante el Consejo. Se advirtió además la aplicación del artículo 46 de la Ley de Transparencia en caso de incumplimiento.

¿Contra una decisión del Consejo para la Transparencia que ordena entregar información pública qué recurso procede?

En este caso, el resumen indica que contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva. No se informa sobre el resultado de un eventual reclamo.

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