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El Consejo para la Transparencia declaró inadmisible un amparo de acceso a la informaci…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2024

Resumen

El Consejo para la Transparencia declaró inadmisible un amparo de acceso a la información interpuesto por una particular en contra de la Municipalidad de Valdivia, relacionado con el pago de asignación familiar. Durante el análisis de admisibilidad se constató que no era claro cuál era la infracción atribuida al órgano reclamado, requisito que la Ley de Transparencia exige señalar de forma expresa. Conforme al artículo 46 del Reglamento, el Consejo otorgó a la reclamante un plazo de cinco días hábiles para subsanar la omisión o aclarar su reclamo, advirtiéndole que, de no hacerlo, se declararía la inadmisibilidad. Como la reclamante no efectuó presentación alguna dentro de ese plazo, el Consejo resolvió la inadmisibilidad del amparo según los artículos 24 de la Ley de Transparencia y 46 del Reglamento.

Normas citadas

  • Ley de Transparencia
  • Reglamento de la Ley de Transparencia
amparoDecisión de inadmisibilidadOtros

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si un amparo de acceso a la información no señala expresamente la infracción atribuida al órgano reclamado?

En este caso, el Consejo para la Transparencia constató que no era claro cuál era la infracción atribuida a la municipalidad, requisito que la Ley de Transparencia exige señalar expresamente. Le otorgó a la reclamante cinco días hábiles para subsanarlo o aclararlo, bajo apercibimiento de inadmisibilidad.

¿Qué ocurre si la persona no subsana un amparo ante el Consejo para la Transparencia dentro del plazo otorgado?

En este caso, la reclamante no hizo presentación alguna dentro de los cinco días hábiles otorgados, por lo que el Consejo declaró inadmisible el amparo conforme a los artículos 24 de la Ley de Transparencia y 46 de su Reglamento.

¿Puede el Consejo para la Transparencia declarar inadmisible un amparo por falta de claridad en la infracción reclamada?

Sí, según lo resuelto en este caso, el Consejo puede declarar la inadmisibilidad cuando, tras dar un plazo para subsanar o aclarar, el reclamante no cumple. Previamente debe advertirle que, de no hacerlo, se declarará la inadmisibilidad, como ocurrió en esta resolución.

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