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La Contraloría General de la República se pronunció sobre un reclamo presentado por una…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2011

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre un reclamo presentado por una funcionaria contra la resolución del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo, que puso término a su nombramiento transitorio y provisional. La recurrente alegaba irregularidades en la desvinculación, la falta de tramitación de una licencia médica y el pago de remuneraciones. El organismo concluyó que la plaza correspondía a un alto directivo público vacante, provista directamente por la autoridad y no sujeta al sistema de selección, por lo que no se aplicaban las formalidades de cese previstas en el artículo quincuagésimo octavo de la ley 19.882; en consecuencia, la jefatura podía poner término a las funciones sin mayor solemnidad, incluso verbalmente. Se declaró que el cese, a partir del 16 de diciembre de 2010, se ajustaba a derecho. Asimismo, se resolvió que la licencia médica no debía ser recibida por haber sido presentada después del cese, y que no procedía el pago de la segunda quincena de diciembre de 2010. Se desestimaron las alegaciones y se cursó la resolución.

Normas citadas

  • ley 19882 art/quincuagésimo noveno
  • ley 19882 tit/VI par/3 ley 19882 art/quincuagésimo octavo
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Se deben cumplir las formalidades de cese para poner término al nombramiento de un alto directivo público provisto directamente por la autoridad?

En este caso, la Contraloría General de la República sostuvo que la plaza correspondía a un alto directivo público vacante, provista directamente y no sujeta al sistema de selección, por lo que no se aplicaban las formalidades de cese del artículo quincuagésimo octavo de la ley 19.882. Por ello, la jefatura podía poner término a las funciones sin mayor solemnidad.

¿Es válido el cese de funciones si se comunicó verbalmente a la funcionaria?

En este caso, el organismo concluyó que, al no aplicarse las formalidades de cese, la jefatura podía poner término a las funciones incluso verbalmente, y declaró que el cese se ajustaba a derecho.

¿Debe recibirse una licencia médica presentada después de que el funcionario fue desvinculado?

En este caso, la Contraloría resolvió que la licencia médica no debía ser recibida por haber sido presentada después del cese. También determinó que no procedía el pago de la segunda quincena de diciembre de 2010 reclamado por la recurrente.

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