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El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado en contra de la Dirección…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado en contra de la Dirección de Vialidad del Ministerio de Obras Públicas, por la negativa a entregar información sobre un contrato de obra. La Dirección había remitido el acceso a un enlace electrónico público, pero el Consejo resolvió que la materia debía entregarse por la vía del acceso indicado y ordenó además la entrega de los oficios internos y actos administrativos que integran la totalidad del contrato. Para ello consideró que el órgano no acompañó antecedentes suficientes para acreditar la causal de reserva por afectación del privilegio deliberativo de la autoridad. Se ordenó tachar previamente los datos personales de contexto que contengan los documentos. Se fijó un plazo de cumplimiento, con apercibimiento de sanciones por no entregar la información en la forma decretada.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 18.575
  • Ley N° 19.628
  • Resolución N° 480
  • Oficio N° 1145
  • Artículo 15 de la Ley 20.285
  • Artículo 59 de la ley N° 19.880
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Puede un órgano de la Administración negarse a entregar documentos de un contrato de obra alegando que están reservados por el privilegio deliberativo?

En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió el amparo porque la Dirección de Vialidad no acompañó antecedentes suficientes para acreditar la causal de reserva por afectación del privilegio deliberativo. Por ello ordenó entregar los oficios internos y actos administrativos que integran el contrato.

¿Basta con remitir a un enlace electrónico público para cumplir una solicitud de acceso a la información sobre un contrato?

En este caso, el Consejo resolvió que la materia debía entregarse por la vía del acceso indicado, pero también ordenó la entrega de los demás antecedentes que integran la totalidad del contrato. Así, el enlace no bastó por sí solo para cumplir la solicitud.

¿Qué debe hacer un órgano público antes de entregar documentos que contienen datos personales de terceros en una solicitud de transparencia?

En este caso, el Consejo ordenó tachar previamente los datos personales de contexto que contengan los documentos antes de su entrega. Además, fijó un plazo de cumplimiento, con apercibimiento de sanciones si no se entrega la información en la forma decretada.

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