Resumen del criterio jurisprudencial
El tribunal tributario y aduanero negó lugar al reclamo interpuesto que alegó la improcedencia de la retención de dineros realizada por el servicio de aduanas, atendido que el reclamante no declaró a su ingreso al país el monto de dinero que portaba, estando obligado a hacerlo conforme a lo establecido en la ley 19.913, debido a que excedía la suma de us$10.000, concluyéndose de este modo que la actuación reclamada fue cursada conforme a los supuestos y requisitos contemplados en las normas legales citadas.