AduaneroAcoge

Se da lugar en parte al reclamo, sólo en cuanto se modifica y rebaja el monto de la mul…

Sentencia · Tribunal Tributario y Aduanero · 2020

Resumen

Se da lugar en parte al reclamo, sólo en cuanto se modifica y rebaja el monto de la multa aplicada del 10% al 5% de los us$48.000.- portados y no declarados por el infractor, por su equivalencia en pesos chilenos, ya que se entiende que el reclamante ha procurado reparar el mal causado, no indicando la ley 19.913 un piso mínimo legal.

Normas citadas

  • Ley 19.913
  • Artículo 4° de la Ley 19.913
  • Ley 20.818
  • Codigo penal
  • Código Tributario
  • Código Civil
  • Resolución Exenta N° 95
  • Artículo 39° de la Ley 19.913

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