Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre si el tiempo cumplido como conscripto en el servicio militar puede computarse para la asignación de permanencia de Carabineros de Chile. El análisis partió del artículo 3°, letra ñ), del decreto N° 87, de 1999, del Ministerio de Defensa Nacional, que exige veinte o más años de servicios efectivos, considerando sólo los períodos previstos en el artículo 83 del decreto con fuerza de ley N° 2, de 1968. La jurisprudencia anterior excluía la conscripción, pero el dictamen N° 74.116, de 10 de diciembre de 2010, la dejó sin efecto. Por resguardo del principio de certeza jurídica, el organismo concluyó que el cambio de criterio rige sólo hacia el futuro y no altera situaciones constituidas bajo la doctrina anterior. En consecuencia, el período de conscripción sólo puede contabilizarse a contar de la vigencia de ese dictamen.