Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre si el tiempo de servicio militar obligatorio puede contabilizarse para la asignación de permanencia de un funcionario de Carabineros de Chile. Hasta entonces, el organismo había sostenido, en los dictámenes N° 8.013, de 2006, y N° 72.682, de 2009, que esos lapsos no eran computables por servir sólo para el retiro. Un nuevo estudio, contenido en el dictamen N° 74.116, de 2010, cambió ese criterio y determinó que el período de conscripción sí es computable para el pago de la asignación. Carabineros informó que ese cambio sólo podía aplicarse desde el 10 de diciembre de 2010. La Contraloría concluyó que, conforme al principio de seguridad jurídica y a su jurisprudencia previa, el nuevo criterio produce efectos sólo hacia el futuro. Por ello, el funcionario recurrente sólo puede contabilizar el período de conscripción desde la vigencia de ese dictamen.