Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la impugnación de un funcionario de Carabineros de Chile sancionado con días de arresto. El interesado sostenía que la sanción estaba prescrita, que se vulneró el debido proceso y que fue castigado dos veces por un mismo hecho, al sumarse el arresto a su retiro temporal. El organismo concluyó que la responsabilidad por la entrega del mando de la subcomisaría no cesó con dicha entrega, pues la normativa reglamentaria solo exige a la nueva jefatura verificar los bienes del destacamento, por lo que la acción disciplinaria no estaba prescrita y la sanción se ajustó a derecho. Estimó que el afectado fue escuchado, presentó descargos y dedujo los recursos procedentes, cumpliéndose así el debido proceso. Precisó que el retiro temporal no constituye una medida disciplinaria sino una potestad del Presidente de la República, por lo que no hay doble sanción. Finalmente, indicó que una sentencia judicial invocada solo produce efectos entre quienes fueron parte de ese proceso, por lo que no resultaba aplicable al caso.