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La Contraloría General de la República se pronunció sobre un contrato de obras en que e…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2016

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre un contrato de obras en que el Servicio de Vivienda y Urbanización Metropolitano (SERVIU) cobró la garantía de fiel cumplimiento, al no haber entregado el contratista la garantía de buen comportamiento y buena ejecución tras la recepción de las obras, que presentaban defectos. El órgano de control no formuló reproche a ese cobro, pues la caución de fiel cumplimiento tiene por objeto asegurar el cumplimiento total de lo pactado. Sin embargo, observó que el servicio no restituyó la boleta de fiel cumplimiento de las obras extraordinarias ni la diferencia entre el monto cobrado y el exigible por buen comportamiento, por lo que ordenó su devolución a la mayor brevedad. Además, dispuso liquidar el contrato, devolviendo al recurrente los saldos que correspondan una vez determinado el costo de reparación, e informar a la Unidad de Seguimiento de la División de Infraestructura y Regulación en el plazo de 10 días.

Normas citadas

  • dto 236/2002 Vivie art/50
  • dto 236/2002 Vivie art/126
  • dto 236/2002 Vivie art/127
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Puede el SERVIU cobrar la garantía de fiel cumplimiento si el contratista no entregó la garantía de buen comportamiento tras la recepción de las obras?

En este caso, la Contraloría General no reprochó el cobro de la garantía de fiel cumplimiento, porque esta caución tiene por objeto asegurar el cumplimiento total de lo pactado, incluyendo obras con defectos.

¿Qué debe hacer el servicio con la boleta de fiel cumplimiento y los saldos si cobró una garantía de forma indebida en un contrato de obras?

En este caso, la Contraloría observó que el servicio no restituyó la boleta de fiel cumplimiento de las obras extraordinarias ni la diferencia del buen comportamiento, y ordenó devolverlas a la mayor brevedad, además de liquidar el contrato y restituir los saldos que correspondan.

¿Qué plazo tiene un servicio público para informar a la Contraloría el cumplimiento de un dictamen sobre liquidación de un contrato de obras?

En este caso, la Contraloría dispuso que el servicio informe a la Unidad de Seguimiento de la División de Infraestructura y Regulación en un plazo de 10 días sobre el cumplimiento de lo ordenado.

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