Resumen del criterio jurisprudencial
La Agencia Nacional de Ciberseguridad (ANCI) interpuso un reclamo de ilegalidad contra la decisión del Consejo para la Transparencia que ordenó publicar información sobre su personal sujeto al Código del Trabajo y sus remuneraciones, exceptuando a la División Equipo Nacional de Respuesta a Incidentes de Seguridad Informática. La ANCI argumentó que dicha información era secreta según los artículos 33 a 35 de la Ley 21663 y que su divulgación pondría en riesgo la seguridad pública y la ciberseguridad. El Consejo para la Transparencia sostuvo que la información era pública y que las excepciones de la Ley 20285 no se aplicaban. La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el reclamo, concluyendo que la reserva de la Ley 21663 no cubre a todo el personal de la ANCI, sino solo a aquellos en funciones críticas específicas, y que la información solicitada no cumple con los requisitos para ser considerada secreta. La decisión confirmó la obligación de transparencia activa respecto de los datos del personal y remuneraciones, salvo la excepción ya reconocida para la división de respuesta a incidentes.